Además del peligro que representa, salir a tu patio y encontrar un hoyo profundo de una mina o un tajo a cielo abierto, será imposible reponer los miles de arbustos típicos de la región carbonífera que han sido sacrificados para construirlos, todo esto a pesar de que la Ley del equilibrio ecológico y la protección al ambiente de Coahuila lo prevé en sus artículos, amén de otras leyes federales e instituciones.
Hurgando en las leyes de protección al ambiente encontré los siguientes párrafos de esta Ley Estatal, por ejemplo, atribuye a la Secretaría del Medio Ambiente estas obligaciones:
XXXII.- Evaluar el impacto ambiental generado por el aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la Federación que constituyan depósitos de naturaleza similar a los componentes de los terrenos, tales como rocas o productos de su descomposición que sólo pueden utilizarse para la fabricación de materiales para la construcción u ornamento de obras, a fin de dictar y ejecutar las medidas correspondientes;
Para el municipio ordena:
IV.- Aplicar las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal o estatal, con la participación que de acuerdo a la presente ley corresponda al estado;
X.- Promover el aprovechamiento sustentable, la conservación, el ahorro, reciclaje y reuso de las aguas que destinen para la prestación de los servicios públicos a su cargo, así como promover la captación y uso eficiente del agua de lluvia, conforme a lo dispuesto en la Ley de Aguas Nacionales;
Bueno esto último no tendría mucho efecto porque aquí en la región no llueve regularmente, pero si lo de la prevención de la contaminación, sin embargo si el reuso de las aguas, mediante un tratamiento solo posible en una planta tratadora de agua.
Y estas otras leyes que tanto Gobierno Estatal y Municipal tendrían que observar:
XI.- Promover, ante el Ejecutivo del Estado, la declaración de áreas naturales protegidas, con relación a ecosistemas, sitios o bienes ubicados dentro de su circunscripción territorial, así como participar en la creación y administración de esas áreas
IV.- Que quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como asumir los costos que dicha afectación implique. Así mismo, considerar que debe incentivarse a quien proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales;
V.- Que la responsabilidad respecto al equilibrio ecológico, comprende tanto las condiciones presentes como las que determinarán la calidad de la vida de las futuras generaciones;
Es de todos bien sabido en la región como se ha deteriorado el campo, la agricultura y ganadería han perdido terreno cediéndolo a los complejos mineros, los cuales son altamente contaminantes tanto del aire como el suelo.
Si bien es cierto que la minería de carbón es la principal fuente de empleo en la región y que genera buenas ganancias, también lo es que se está terminando con las áreas verdes, por lo tanto nos encontramos susceptibles a la carencia de agua y de fauna silvestre con más frecuencia.
Es obligación entonces de los productores reponer el terreno dañado por las minas, reforestar la zona utilizada que les proporciono ganancias, es lo justo para la gente que vive casi en el patio de las minas y para la región entera.
Por: Dora Isela de la Cruz
